jueves, 21 de julio de 2016

LA NUEVA REGULACION DEL CONSENTIMIENTO EN EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES


En la publicación de hoy nos centraremos en analizar las nuevas condiciones de tratamiento del consentimiento para el tratamiento de datos personales.

En opinión de MEGAMAIL CONSULTORES la regulación del consentimiento es una de las piedras angulares de una adecuada política de protección de datos

 El Reglamento pide que el consentimiento, con carácter general, sea libre, informado, específico e inequívoco. Para poder considerar que el consentimiento es “inequívoco”, el Reglamento requiere que haya una declaración de los interesados o una acción positiva que indique el acuerdo del interesado. El consentimiento no puede deducirse del silencio o de la inacción de los ciudadanos. 

Esta es una modificación importante dado que en la normativa anterior no era necesario en todos los casos la prestación de un consentimiento explícito.

Las empresas deberían revisar la forma en la que obtienen y registran el consentimiento. Prácticas que se encuadran en el llamado consentimiento tácito y que son aceptadas bajo la actual normativa dejarán de serlo cuando el Reglamento sea de aplicación.

Además, el Reglamento prevé que el consentimiento haya de ser “explícito” en algunos casos, como puede ser para autorizar el tratamiento de datos sensibles. Se trata de un requisito más estricto, ya que el consentimiento no podrá entenderse como concedido implícitamente mediante algún tipo de acción positiva. Así, será preciso que la declaración u acción se refieran explícitamente al consentimiento y al tratamiento en cuestión.

Hay que tener en cuenta que el consentimiento tiene que ser verificable y que quienes recopilen datos personales deben ser capaces de demostrar que el afectado les otorgó su consentimiento. Por ello, es importante revisar los sistemas de registro del consentimiento para que sea posible verificarlo ante una auditoría.

Desde nuestra empresa ya se está recomendando en la actualidad recabar el consentimiento de los clientes o usuarios en la mayor parte de los supuestos aunque a día de hoy aun no sea obligatorio, en nuestra opinión esta es una herramienta útil tanto para la empresa como para el interesado que nos cede sus datos y aporta un plus de compromiso con la calidad en la atención.

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