GUIA DE CONCEPTOS
CLAVE EN LA PROTECCION DE DATOS I
La LOPD y su reglamento de desarrollo
emplean una terminología muy especifica y que puede resultar confusa para
aquellos que no disponen de conocimientos jurídicos especializados en la
materia por este motivo elaboraremos una guía de los principales conceptos y su
significado que se irán desarrollando y aumentando en progresivas entregas
AGENCIA ESPAÑOLA DE
PROTECCION DE DATOS
Es el organismo oficial español que
vela por el cumplimiento y la aplicación de la LOPD
Entre sus principales funciones están
las de velar por el cumplimiento de la ley , servir de registro en el que se
inscriben todas las entidades y personas que manejan datos personales, tramitar
procedimientos de inspección en caso de infracción de la ley y atender las
solicitudes de aquellas personas que entienden que se ha producido un
tratamiento incorrecto de sus datos
FICHEROS
La ley define como fichero todo
conjunto organizado de datos
Podrían definirse como ficheros los
listados de clientes, pacientes, socios, alumnos que son manejados por
empresas, autónomos , profesionales, entes públicos
El almacenamiento de datos está
permitido y regulado por ley se entiende que son necesarios para prestar
servicios sin embargo las empresas o profesionales que los manejan están
sometidos a una serie de obligaciones por ley entre ellas la obligación de
comunicar la posesión de estos ficheros a la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE
DATOS
No se trata de comunicar el contenido
de los ficheros sino las categorías de datos que se manejan por ejemplo
:clientes ,proveedores, socios , trabajadores
RESPONSABLE DEL
FICHERO
La ley denomina responsable del fichero a aquella
persona , empresa o asociación que figura como titular de los datos ante la
agencia
Los responsables del fichero tienen
distintas OBLIGACIONES como
►declarar la posesión de ficheros de
datos ante la agencia
►disponer de un procedimiento de
tratamiento de datos adecuado a la LOPD
►responder ante las reclamaciones de
los titulares de los datos
No hay comentarios:
Publicar un comentario